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Así es el nuevo formulario 08 para transferir un vehículo: claves del nuevo sistema

El Gobierno Nacional anunció cambios importantes en el proceso de transferencia de automotores. Con la implementación del nuevo formulario, los contribuyentes tendrán mayor flexibilidad en el pago de impuestos y la elección del Registro Automotor

Registro del automotor
Registro del automotor

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 20-09-2024 12:01

El Gobierno presentó el nuevo formulario 08, instrumento que formaliza la transferencia de titularidad de vehículos. Este cambio busca facilitar los trámites a los usuarios y modificar algunos aspectos relacionados con el pago de impuestos provinciales y municipales, como las multas y las patentes, que hasta ahora eran requisitos indispensables para completar el proceso de transferencia. Los cambios fueron anticipados por el Ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, a través de sus redes sociales.

Una de las principales novedades es que el formulario permite que los compradores elijan si quieren pagar infracciones y patentes directamente en el Registro Automotor o en otro momento. Esto representa un cambio significativo, ya que anteriormente el pago de estas obligaciones era obligatorio para finalizar la transferencia, ya que el Registro Automotor actuaba como agente recaudador de estos tributos. A partir de la implementación del nuevo formulario, los contribuyentes tendrán mayor libertad en este aspecto.

El ministro también informó que será opcional abonar impuestos provinciales y municipales, tales como los sellos, lo que podría generar un cambio sustancial en los trámites de transferencia de vehículos. “Los Registros Automotores dejarán de retener obligatoriamente impuestos de sellos, multas y patentes cuando terminen de caer los convenios que ya denunciamos”, expresó Cúneo Libarona. Además, el nuevo formulario brinda la libertad de elegir en qué Registro Automotor se realizará el trámite, lo que supone un avance en términos de flexibilidad y competitividad entre las jurisdicciones.

form 08
form 08

ELECCIÓN DEL REGISTRO Y COSTOS

La posibilidad de elegir el Registro Automotor en el que se asienta la titularidad de un vehículo es otro cambio central. Esto permitirá que los ciudadanos opten por la dependencia más conveniente, ya sea por costos o por cercanía, al menos en el caso de vehículos nuevos. El propio ministro afirmó que este cambio generará una competencia entre las diferentes jurisdicciones, lo que podría abaratar costos para los usuarios.

Sin embargo, especialistas señalan que este beneficio podría generar confusión. Aunque es posible realizar el trámite en cualquier Registro Automotor, las tasas impositivas que deben abonarse corresponderán a la jurisdicción donde el comprador tiene su domicilio legal, no donde se lleva a cabo la operación. Esto implica que, aunque se elija realizar el trámite en un Registro de otra jurisdicción, los impuestos se liquidarán conforme a la ubicación del domicilio del comprador.

“Los sellos se pagan en la jurisdicción donde está el domicilio del adquirente y no en donde se gestiona el trámite. De otro modo, la gente decidiría tributar donde más le conviene en lugar de hacerlo donde vive y trabaja”, advirtieron especialistas. Esta situación, que no ha sido aclarada oficialmente por el Ministerio de Justicia, podría ser motivo de confusión para los usuarios, que podrían asumir erróneamente que registrar su vehículo en otra jurisdicción les permitiría reducir sus costos impositivos.

CLAVES DEL NUEVO FORMULARIO

  • Permite elegir si pagar o no las infracciones, patentes e impuestos en el momento de la transferencia.
  • La transferencia de un vehículo ya no está condicionada al pago obligatorio de estos tributos.
  • Ofrece la posibilidad de pagar los impuestos provinciales y municipales (sellos, patentes e infracciones) directamente en el Registro Automotor o fuera de él.
  • Los contribuyentes pueden seleccionar en qué Registro Automotor desean realizar el trámite de inscripción de vehículos 0 km, sin importar su domicilio.
  • La opción de elegir el Registro Automotor aplicará, por ahora, solo para autos nuevos; los autos usados siguen sujetos a la normativa tradicional.
  • Los impuestos correspondientes a la transferencia se abonarán según la jurisdicción del domicilio del comprador, no según el lugar donde se realiza el trámite.
  • Se espera que esta flexibilidad se extienda en el futuro a las transferencias de vehículos usados.
  • La implementación de estos cambios se acelerará con la designación de un nuevo Subdirector en la Dirección Nacional de los Registros Automotores.

IMPLEMENTACÍON PARCIAL Y FUTURO DE LOS USADOS

Si bien los cambios en el formulario 08 ya están en vigencia, por ahora sólo aplican a la inscripción inicial de vehículos 0 km. En el caso de la transferencia de vehículos usados, los trámites deberán seguir realizándose en la jurisdicción correspondiente al domicilio del comprador o al lugar donde está registrado el vehículo, como ha sido la norma hasta ahora. No obstante, desde el Ministerio de Justicia se anticipa que es sólo una cuestión de tiempo para que esta posibilidad de elección se extienda también a los vehículos usados.

En relación con este tema, el ministro Cúneo Libarona destacó que “a partir de hoy es libre la inscripción inicial del 0 km. Los ciudadanos podrán inscribir los vehículos donde sea más barato y/o cómodo. Esto generará competencia entre las distintas jurisdicciones, abaratando los costos”. Sin embargo, algunos especialistas consideran que, aunque la medida podría facilitar el trámite de inscripción, no necesariamente implicará una reducción en los costos para los contribuyentes.

Aún existen interrogantes sobre la implementación completa de estas reformas. Por un lado, la elección del lugar de inscripción para vehículos usados sigue limitada a la jurisdicción del domicilio del comprador, lo que implica que la flexibilidad que hoy existe para los vehículos nuevos podría no estar disponible a corto plazo para los usados. Por otro lado, la confusión generada por la posibilidad de pagar los sellos en una jurisdicción distinta a la del domicilio del comprador podría requerir aclaraciones adicionales en el futuro.

CAMBIOS EN LA GESTIÓN DEL REGISTRO 

Junto con la implementación de estos cambios, el gobierno también realizó un ajuste en la estructura de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPAyCP). En el Boletín Oficial del martes, se oficializó la designación de Fernando Javier García como Subdirector Nacional de la DNRPAyCP, cargo vacante hasta ahora. Según los expertos, la designación de García permitirá agilizar la implementación de los cambios anunciados en los últimos meses, algunos de los cuales estaban pendientes de reglamentación.

Con esta nueva firma en la DNRPA, se espera que las reformas del sistema registral avancen a mayor velocidad, lo que podría facilitar la transición a un modelo más flexible y menos centralizado en lo que respecta a la transferencia y registro de vehículos. De todos modos, habrá que esperar la reglamentación completa y la aclaración de algunos aspectos que, hasta el momento, no han sido completamente resueltos.

 

Fuente: Infobae

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