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Especialistas aseguran que la nueva Ley de Trabajo perjudica a los empleados

La abogada especializada en derecho laboral, María Laura Beleizan, indicó que la medida aprobada dentro de la Ley Bases, sólo favorece al empleador

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 20-07-2024 17:00

La reciente sanción de la Ley de Bases introduce una serie de reformas laborales que buscan formalizar el empleo no registrado, mejorar las condiciones laborales y flexibilizar la gestión de contratos y despidos, según señaló el Gobierno nacional. Sin embargo, hay quienes rechazan la medida por considerar que "perjudica a los empleados".

La abogada María Laura Beleizan, MP 4.505, especializada en derecho laboral, se mostró en contra de las modificaciones introducidas y afirmó que las reformas laborales incluidas en la Ley "no favorecen al trabajador, favorecen más al empleador".

En diálogo con nuestro medio, la abogada hizo hincapié en que "el principal problema de esta ley es que modifica mucho las multas al empleador. Por ejemplo, las multas por trabajo en negro, por registración defectuosa, mala registración y por demora en el pago de la indemnización", y agregó que "se trata de todos estos ítems que hacían la diferencia a favor del trabajador al momento de calcular la indemnización".

Beleizan aclaró que solamente se incrementan las multas en situación de despido por discriminación. En este sentido, indicó que las denuncias se pueden realizar en el Ministerio de Trabajo, que corresponde a la vía administrativa, y paralelamente se puede solicitar asesoría legal.

Por último, explicó que la nueva norma contempla un "fondo de cese laboral", en el que "el empleador va a tener la obligación de pagar todos los meses todos los aportes, generando un fondo que el trabajador va a tener derecho a percibir sin perjuicio en las tratativas extrajudiciales cuando se efectúa la ruptura del vínculo laboral".

USO Y ABUSO

Por otra parte, indicó que "lamentablemente, los empleadores han hecho uso y abuso de esta situación, despidiendo gente porque vieron la posibilidad de no pagar indemnización o las significativas multas que se venían pagando".

REFORMA: LOS PRINCIPALES PUNTOS

  • Fondo de cese laboral

En el artículo 93 de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Esto será "según disponga el Poder Ejecutivo" e indica que los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

  • Ampliación del periodo de prueba

En los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el periodo de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño. Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización.

  • Eliminación de sanciones por no registro de empleados

La reforma laboral propone eliminar las indemnizaciones para los empleadores que no registran una relación laboral o lo hacen con un salario menor o fecha posterior a la real.

  • Facilidades para ocultar relaciones laborales

Se incorporan también medidas que permiten que las relaciones laborales "puedan quedar enmascaradas bajo formas que no implican relación de dependencia, y que los trabajadores pierdan los derechos correspondientes". Por ejemplo, contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación.

  • Tercerización laboral

Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no de las que presten servicios.

 

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